Desde 2009, el ordenamiento jurídico español prohíbe cualquier decisión o incitación a la coordinación de los honorarios profesionales por parte de las asociaciones profesionales, una prohibición que se ampara en el derecho a la competencia. En el ámbito legislativo europeo, sin embargo y por razones de interés general y de defensa de los derechos de los clientes, se han regulado excepciones a esta regla general de prohibición de cualquier decisión, acuerdo o referencia informativa sobre los costes de los servicios profesionales.
Ante es contradicción de carácter legal, ¿cómo se debe actuar cuando se trata de calcular los honorarios y/o los precios de los servicios de Arquitectura en España? ¿Cómo se regula este aspecto en otros países? Siempre guiados por el firme objetivo de conseguir una mejora de la profesión, y velando a su vez por el respecto a la legalidad derivada del ordenamiento comunitario y nacional, el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha creído menestar realizar una reflexión -y actuar en consecuencia- sobre los honorarios profesionales y la remuneración digna del trabajo de los arquitectos.
Ante la urgente necesidad de establecer unos mecanismos de regulación de honorarios, de poner en marcha un sistema de información sobre costes o de disponer de una herramienta de cálculo del tipo de licitación en la contratación pública, entre otros aspectos, el CSCAE ha estudiado los procedimientos y los distintos instrumentos de regulación con los que cuentan otros países europeos. Teniendo en cuenta los resultados de tal análisis, el órgano ha perfilado distintas (3) vías de actuación, siempre enarbolando el respeto a la legislación sobre competencia que permita:
- Garantizar la calidad del trabajo profesional
- Mantener unos niveles dignos de remuneración de los servicios
- Ofrecer parámetros en la contratación pública de servicios que permitan calcular los precios de las licitaciones, garantizando la transparencia total y una gestión adecuada de los recursos públicos
Así, y con las miras puestas en el propósito de alcanzar un mercado perfectamente competitivo que se acerque a la realidad europea y que arroje algo de luz a la oscuridad actual -en cuanto a referencias orientativas sobre honorarios y precios se refiere-, el CSCAE ha desarrollado recientemente un paquete de medidas, las cuales se explican con todo detalle en este enlace.
El objetivo de realizar este análisis y actuar en consecuencia no persigue sino el de mejorar la situación económica de los arquitectos, defendiendo una retribución justa, proporcionada y directamente relacionada con el coste del trabajo realizado y la responsabilidad asumida.
Desde la ACE recomendamos dedicarle toda la atención a la Declaración del CSCAE sobre la transparencia y la información en la contraprestación económica de los trabajos de arquitectura, la cual se hizo pública el pasado 6 de abril de 2016 y cuyo contenido puede consultarse aquí.